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Guía de Usuario para el Cambio de IVA. 1 de julio 2010

Juliol 2010. KRITER SOFTWARE ha creado un Guia de Usuario para el Cambio de IVA, incluida dentro de la campaña realizada para clientes y distribuidores .

KRITER SOFTWARE acompaña con una guia de usuario a sus Clientes, con el fin de que los sistemas de gestión KRITER ERP soporten correctamente el cambio del IVA, que entra en vigor el próximo 1 de julio de 2010.

El incremento en los porcentajes del IVA afectará, tanto al tipo de impuesto ordinario, como al reducido y, con independencia de sus consecuencias económicas, impactará en la gestión administrativa y fiscal de las empresas, y en sus sistemas informáticos.

Aunque el cambio del IVA coincida con el fin de mes y de trimestre, durante el período de transición se producirán una serie de escenarios, en los que las empresas deberán gestionar de manera simultánea facturas correspondientes a períodos impositivos diferentes y con un IVA distinto para los mismos proveedores/cliente y bienes. Estos escenarios afectarán a todas las empresas, destacando los casos de emisión y recepción tardía de facturas (por retrasos en el transporte o por la necesidad de revisar antes los albaranes y condiciones comerciales), en la modificación, rectificación u obtención de duplicados de facturas expedidas (donde la factura resultante debe tener el mismo porcentaje del IVA que la original), en la generación de declaraciones (autoliquidación y resumen anual, en los que se deben soportar ambos porcentajes del IVA) y otros.

Para facilitar la gestión de los cambios, se ha creado una ayuda en forma de manual. Guia de Usuario para el Cambio de IVA. 1 de Julio de 2010

La solución aportada por KRITER SOFTWARE, consiste en la aplicación automática del porcentaje de IVA, en función de la fecha de cada documento. De este modo, la determinación de impuestos (IVA o IGIC) y de retenciones en los distintos documentos (facturas, albaranes, pedidos, presupuestos, etc.) se efectúa de manera automática tanto en función del tercero (cliente o proveedor) y del concepto (o artículo), como de su fecha de vencimiento. En las facturas rectificativas (expedidas y recibidas), por otro lado, la imputación de impuestos y retenciones se realiza a partir de la fecha del documento que rectifica.



 

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